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Comisión Municipal de Patrimonio Urbanístico, Histórico y Cultural
La comisión Municipal de Patrimonio Urbanístico, Histórico y Cultural inició una campaña para incrementar el archivo histórico municipal.
Por tal motivo solicita a aquellas personas que posean fotografìas, folletos, diarios y revistas antiguos, mapas, planos de loteos y remates, cartas, diarios íntimos, libros u otros escritos relacionados con la historia del partido, que se acerquen al Instituto Histórico para, en caso de no querer desprenderse del material, este pueda ser escaneado o fotocopiado.
Informes: Estrada 17, Haedo. Teléfono 4650-2580.
E-mail: moronhistorico@hotmail.com
LEGISLACION:
Para promover y gestionar políticas públicas tendientes a la divulgación y preservación del patrimonio de los moronenses.
Se creó la Comisión Municipal de Patrimonio Urbanístico Histórico y Cultural
En la sesión ordinaria llevada a cabo el 9 de septiembre de 2004, los concejales de Morón aprobaron la creación de una “COMISIÓN MUNICIPAL DE PATRIMONIO URBANÍSTICO HISTÓRICO Y CULTURAL” que funcionará en el ámbito de la Secretaría de Desarrollo Social del Departamento Ejecutivo del Municipio de Morón.
Este proyecto ha sido elaborado y consensuado con el Instituto y Archivo Histórico de Morón (dependiente de la Dirección de Educación), y la Dirección de Arte y Cultura, ambas pertenecientes a la Secretaría de Desarrollo Social del Municipio de Morón; la Dirección de Proyectos de la Secretaría de Infraestructura y Planeamiento Urbano; y concejales de todos los bloques políticos en representación del Honorable Concejo Deliberante. “Esta ordenanza se sancionó con la idea de proteger y conservar todo aquello que forma parte de una identidad común de los moronenses”, manifestó el presidente del HCD Adrián Grana. Y resaltó: “Una de las funciones del Estado es la de preservar, identificar y hacer conocer el patrimonio histórico cultural de la comunidad para poder afirmar y construir nuestra cultura y nuestra historia”.
La Comisión tendrá carácter permanente y estará integrada por:
a) Un representante de la Secretaría de Infraestructura y Planeamiento Urbano.
b) Un representante de la Secretaría de Desarrollo Social y uno de cada una de las áreas que se detallan:
b.1. - Dirección de Arte y Cultura
b.1.1. Museo Histórico Municipal
b.2. - Dirección de Educación
b.2.1. Instituto y Archivo Histórico
c) Un representante de la Secretaría de Relaciones con la Comunidad.
d) Un representante de la Secretaría General de Gobierno
e) Un representante por cada Bloque Político que conforman el Honorable Concejo Deliberante.
f) En aquellas reuniones en que se traten temas vinculados con intereses de localidades en particular, un representante de la Unidad de Gestión Comunitaria interesada.
Tendrá la misión de:
a) Promover y gestionar políticas públicas tendientes a la divulgación y preservación del patrimonio urbanístico, histórico, cultural y natural del Municipio de Morón.
b) Realizar un relevamiento permanente del patrimonio mencionado en el punto a), a través de la implementación de un registro que funcionará en las dependencias del Instituto Histórico de Morón.
c) Coordinar y fomentar la colaboración entre las distintas áreas del Gobierno Municipal, como así también de otras organizaciones interesadas.
d) Auspiciar toda iniciativa vinculada a la investigación, conservación y difusión del patrimonio.
e) Proponer las tareas de apoyo y mantenimiento de los monumentos y sitios históricos del Partido a las áreas competentes, según lo especificado en el Art. 7º de la ordenanza.
f) Difundir y divulgar el conocimiento y la valoración de los bienes históricos y culturales, integrándolos a los distintos niveles educativos formales y no formales.
g) Realizar las tramitaciones necesarias para incluir los bienes históricos y culturales de valor patrimonial en las publicaciones históricas, culturales y turísticas en los ámbitos Nacional, Provincial y Municipal.
h) Auspiciar y promover la firma de convenios que garanticen la conservación y divulgación del patrimonio urbanístico, histórico, y cultural.
Los Bienes Patrimoniales serán categorizados como:
1. SITIOS O LUGARES HISTÓRICOS, vinculados con acontecimientos del pasado, de destacado valor histórico, antropológico, arquitectónico, urbanístico o social.
2. MONUMENTOS, obras singulares de orden arquitectónico, ingenieril, pictórico, escultórico u otros que sobresalgan por su valoración, vinculado a un entorno o marco referencial que concurra a su protección.
3. CONJUNTO O GRUPO DE CONSTRUCCIONES, áreas que por su arquitectura, unidad o integración con el paisaje, tengan valor especial desde el punto de vista arquitectónico, urbano, tecnológico y/o comunitario.
4. PATRIMONIO NATURAL, conjunto de elementos naturales, caracterizados por sus valores estéticos, comunitarios, ecológicos, paisajísticos y/o botánicos, sean o no producto de la intervención humana.
5. ESPACIOS PÚBLICOS, constituidos por plazas, plazoletas, boulevares, calles u otro, cuyo valor radica en la presencia de un entorno histórico comunitario y en las condiciones espaciales y funcionales ofrecidas para el uso social pleno.
6. ZONAS Y BIENES ARQUEOLÓGICOS constituidos por sitios, enclaves o elementos claramente definidos, en los que se compruebe la existencia real o potencial de restos y testimonios de interés relevante.
7. COLECCIONES Y OBJETOS existentes en museos, bibliotecas y archivos públicos o de particulares, así como otros bienes de destacado valor histórico, artístico, antropológico, científico, técnico o social.
8. FONDOS DOCUMENTALES en cualquier tipo de soporte.
9. EXPRESIONES Y MANIFESTACIONES INTANGIBLES conformadas por las tradiciones, las costumbres, los hábitos y los relatos de la comunidad, así como espacios o formas de expresión de la cultura local de valor histórico, artístico, religioso, antropológico o lingüístico, vigentes y/o en riesgos de desaparición.
10. PATRIMONIO CULTURAL VIVIENTE constituido por las actividades de personas, grupos o movimientos sociales meritorios por su aporte a las tradiciones en las diversas manifestaciones de la identidad cultural local.
La Comisión deberá convocar a participar a los ciudadanos, en forma individual o a través de sus organizaciones, cuando se viesen afectados por las decisiones que se tomaren en el ámbito de la misma. Ante la declaratoria de patrimonio urbanístico, histórico y/o cultural, la Comisión deberá convocar a los interesados directos a fin de convenir las condiciones de dicha determinación.
La ejecución de las acciones determinadas por la Comisión, estará a cargo de las áreas del Departamento Ejecutivo según su competencia en cada caso particular.
La Comisión Municipal de Patrimonio Urbanístico Histórico y Cultural estará coordinada por la Dirección del Instituto y Archivo Histórico de Morón.
Dicha Comisión deberá constituirse dentro de un plazo de 30 días a partir de la promulgación de la Ordenanza, y dictará su Reglamento Interno.
Además, derogaron las Ordenanzas Nº722/97 y Nº2992/00, ya que la aprobada hoy es abarcativa y supera los límites de lo que tradicionalmente se considera patrimonio cultural. |
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