PUESTA EN MARCHA DEL PROGRAMA DISCRECIONALIDAD CERO

El presidente del Honorable Concejo Deliberante de Morón, Adrián Grana, conjuntamente con el intendente de Morón, Martín Sabbatella y el presidente del Consejo Escolar de Morón, José María Vittorio, firmó con la Fundación Poder Ciudadano –Capítulo Local de Transparencia Internacional-, un Acuerdo de Compromiso Público de Transparencia de Gobierno para llevar adelante el “Programa Discrecionalidad Cero”.

El 13 de mayo de 2004, las y los concejales de Morón convalidaron la firma de ese convenio, que a continuación se transcribe en forma textual:

PROGRAMA DISCRECIONALIDAD CERO

ACUERDO DE COMPROMISO PUBLICO DE TRANSPARENCIA DE GOBIERNO

H. Concejo Deliberante de Morón
Fundación Poder Ciudadano
Capítulo Local de Transparencia Internacional

Entre la Fundación Poder Ciudadano, Capítulo Argentino de Transparencia Internacional, con domicilio en la calle Piedras 547 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada en este acto por su Director Ejecutivo, el Sr. CARLOS MARCH ZAMBRANA, DNI Nº 18.802.288, por una parte y en adelante denominada LA FUNDACIÓN y por la otra el H. Concejo Deliberante de Morón, con domicilio en la calle Alte. Brown Nº 910 de la Ciudad y Partido de Morón, Provincia de Buenos Aires, representado en este acto por su presidente, el Sr. ADRIAN EDUARDO GRANA, DNI Nº 21.131.717 en adelante denominado EL CONCEJO DELIBERANTE, convienen en celebrar el presente Acuerdo de Compromiso Público de Transparencia de Gobierno para llevar adelante el “PROGRAMA DISCRECIONALIDAD CERO”.

A través de este convenio y teniendo en cuenta :

• Que LA FUNDACIÓN trabaja para que se implementen Políticas de Estado que perduren a los gobiernos, fortalezcan las instituciones de la democracia y la participación ciudadana en el control de la gestión pública;

• Que EL CONCEJO DELIBERANTE desea asumir el compromiso concreto de tomar medidas que garanticen la participación y la transparencia en las Políticas de Estado,
Por ello LA FUNDACIÓN y EL CONCEJO DELIBERANTE acuerdan:

Primero: EL CONCEJO DELIBERANTE se incorpora al “PROGRAMA DISCRECIONALIDAD CERO”, en adelante denominado “EL PROGRAMA” que impulsa la FUNDACIÓN en todo el ámbito de la República Argentina.

Segundo: El CONCEJO DELIBERANTE se compremete en el término de SEIS (6) meses a a partir de la fecha de ratificación del presente a estudiar, debatir y sancionar la normativa que estime necesaria referida a los temas que a continuación se detallan y que considera imprescindibles para profundizar las políticas públicas de transparencia en la gestión y participación ciudadana:

Procedimiento de Elaboración Participativa de Normas: Consiste en la redacción final de un proyecto normativo como resultado del análisis, debate y comentario de especialistas, organizaciones de la sociedad civil, funcionarios, sector privado y de la ciudadanía en general. Este mecanismo tiene por objeto mejorar la calidad de la toma de decisiones, promover la participación de los interesados y mantener informados a los ciudadanos.

Publicidad de las Audiencias de Gestión de Intereses: Este instituto contempla la creación de un registro en el que se inscribirán la totalidad de las audiencias de gestión celebradas por cualquier persona física o jurídica, pública o privada con uno o varios concejales. Establece que la información sea de carácter pública a fin de incrementar los niveles de publicidad, transparencia y eficiencia de los actos de gobierno.

Acceso a la información pública: La implementación de una norma que reglamente este derecho permitiría que todos los ciudadanos del distrito puedan acceder a la información en poder del Estado municipal, estableciendo el procedimiento correspondiente para hacerlo en forma rápida y sencilla.

Declaración jurada patrimonial: Arbitrar los mecanismos necesarios a efectos de dar cabal cumplimiento a las normas que disponen la obligación legal de declarar los bienes. Los Concejales, el Secretario y los Directores del H.C.D. deberán presentar una declaración jurada patrimonial. Ello se hará durante los primeros 30 días de la fecha de asunción en su cargo, con una actualización anual el día 30 de Diciembre y otra similar al concluir en sus funciones por cualquier motivo antes de los 30 días del cese en el cargo. Se trata de declaraciones juradas patrimoniales de carácter público. A aquel que no lo hiciere en tiempo y forma, se le descontará un día de su salario de acuerdo a la cantidad de días que lleve el incumplimiento.

Defensoría del Pueblo: Su objetivo será la defensa, protección y promoción de los derechos, garantías e intereses individuales, colectivos y difusos de los ciudadanos de Morón, frente a los actos, hechos u omisiones de la administración y de prestadores de servicios públicos en el distrito.

Rendición de cuentas: Facilitar los mecanismos para promover la participación ciudadana en el monitoreo de la ejecución presupuestaria y garantizar la rendición pública del presupuesto aplicado.
Resumen Anual de gestión: Informe del cuerpo deliberativo a la ciudadanía respecto de su labor anual y el cumplimiento de las metas propuestas al inicio del período ordinario. Se publicará en Internet.

Audiencias Públicas: Modificación y Adaptación de las disposiciones ya existentes que regulan este procedimiento, a efectos de garantizar una mayor participación de la ciudadanía, en un marco de absoluta transparencia para la elaboración de las normas dictadas en su consecuencia.

Banca Abierta: Poner en práctica los instrumentos que faciliten la efectiva realización de este instituto como una herramienta más de participación cívica.

El Concejo en los Barrios: Propiciando una mayor vinculación entre el cuerpo legislativo y los vecinos, para el tratamiento de temas específicos que pudieran ameritar el funcionamiento del H. Concejo Deliberante en los barrios del Distrito.

Tercero: EL CONCEJO DELIBERANTE se compromete a informar a las distintas instituciones cívicas del distrito sobre la firma y contenido del acuerdo de compromiso público, invitándolas a participar del monitoreo de su efectivo cumplimiento. Para ello, se abrirá un registro de participantes del monitoreo en la sede del H. Concejo Deliberante.

Cuarto: El presente convenio se celebra “ad-referendum” del H. Concejo Deliberante, el que deberá convalidarlo dentro de los treinta (30) días corridos contados a partir de la fecha.

En la Ciudad de Morón, a los dieciocho (18) días del mes de Marzo de 2004, se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto legal.

Además, el 23 de septiembre de 2004, el cuerpo deliberativo aprobó una normativa que exige publicar en la página web la siguiente información:

Artículo 1º:
Dispónese la publicación en la página web oficial del Honorable Concejo Deliberante de Morón, de la siguiente información:

1. Autoridades del Concejo, nómina de Concejales que integran el H. Cuerpo, con sus respectivos teléfonos y direcciones de correo electrónico.
2. Declaraciones Juradas de los Concejales y Secretario del Honorable Cuerpo.
3. Comisiones Internas; competencias, sus integrantes y días y horarios de reunión.
4. Orden del Día de la totalidad de las Sesiones a realizarse; con indicación del día y horario, asuntos entrados y dictámenes de comisión.
5. Versiones Taquigráficas de las sesiones celebradas.
6. Información General del funcionamiento de las oficinas administrativas del H. Cuerpo. Horario de Atención.
7. Normativa Municipal de interés general.
8. Estado de ejecución presupuestaria del Honorable Cuerpo, en forma trimestral.
9. Resumen anual de gestión, el cual deberá constar de un informe del cuerpo deliberativo respecto de su labor.

Artículo 2º:
Comuníquese.